Porlo tanto, salvo que la parte que ha aportado los mensajes deje la valoración de la prueba a criterio del Juzgador (pues como señala esta resolución de la AP de Barcelona: "es cierto que la parte actora no propuso prueba dirigida a acreditar la autenticidad de los documentos presentados pero ello no es óbice para que el órgano
ESCRITODE SOLICITUD DE AMPLIACIÓN DE DECLARACIÓN DEL IMPUTADO. Debemos recordar que la Ley de enjuiciamiento Criminal dice en su artículo 400: «Artículo 400. El procesado podrá declarar cuantas veces quisiere, y el Juez le recibirá inmediatamente la declaración si tuviese relación con la causa». Ley de Enjuiciamiento
Lasvideoconferencias son un sistema de comunicación que se realiza entre dos o más personas, a través de dispositivos con cámara y micrófono incorporados. Con esta tecnología e internet se establece, en tiempo real, una conversación de carácter personal o laboral, sin importar la ubicación de los participantes.
Porello, paralelo a herramientas ya conocidas para los tribunales, como el sistema de grabación de vistas o el sistema de “videoconferencias de calidad”, surgen nuevas tecnologías, como el almacenaje de documentos seguros o la habilitación de salas de vistas que regulen el momento de cada comparecencia mediante la figura de un
deberácomparecer personalmente la parte apelante o por alguno de los medios permitidos en el Art. 86 ibídem. En caso de comparecer solamente el abogado patrocinador, no es posible permitir su intervención o posterior ratificación, sino que deberá procederse según lo dispuesto en los Arts. 87.1 y 249 del COGEP.
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escrito solicitando comparecer por videoconferencia